El juzgado de Canarias cierra la causa contra los controladores aéreos

Las fiscalías de Santiago de Compostela, Gerona y Las Palmas piden el archivo de cada uno de los casos

Las Palmas de Gran Canaria, 7 de mayo de 2013.-

Tres han sido las causas judiciales que se han cerrado en el último mes contra los controladores aéreos a raíz del cierre del espacio aéreo decretado por el Ministerio de Fomento y Aena durante los días 3 y 4 de diciembre de 2010.

La causa más reciente, que se hizo pública ayer, corresponde al Centro de Control de Tránsito Aéreo de Canarias, donde la magistrada María Ángeles Zabala, titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Telde ha acordado el “sobreseimiento provisional y el archivo de la causa”. Y las otras dos son las de Santiago de Compostela, donde el magistrado Vázquez-Taín, decretó “el archivo definitivo”,  y la del Aeropuerto de Girona-Costa Brava, donde la titular del Juzgado de Instrucción  resolvió “el sobreseimiento libre y archivo” de la causa.

Por lo que se refiere a la causa que estaba abierta en Telde contra los controladores del Centro de Control de Canarias hay que destacar que fue la propia Fiscalía de Las Palmas, en escrito dirigido al Juzgado de Instrucción número 1 de Telde, quien solicitó el sobreseimiento provisional de las actuaciones judiciales.

La Fiscalía de Las Palmas argumentó, entre otras cuestiones, que “no se ha podido determinar que la actuación de los controladores haya tenido una relación causa-efecto con el cierre del espacio aéreo de Canarias”. Y va aún más lejos en sus apreciaciones o consideraciones e indica: “Los informes técnicos y los testimonios recabados señalan que el número de controladores que estaba presente en el centro de control no justificaba la decisión del cierre total del espacio aéreo adoptado por Aena sobre las 17,00 horas del 3 de diciembre de 2010”.

El Ministerio Público se muestra contundente en su escrito y dice: “Se considera desde esta Fiscalía que no se dan los requisitos exigidos por el Código Penal (art 409) para formular acusación, toda vez que no se puede considerar que se haya producido un abandono colectivo […] ni que el mismo haya provocado el perjuicio grave para el servicio público consistente en el cierre del espacio aéreo”.

Diego Salmerón, abogado de la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) que ha llevado directamente el caso, muestra su conformidad con la Fiscalía de Las Palmas y considera que “el auto de archivo de las diligencias seguidas en Canarias viene a legitimar la actuación de los controladores aéreos en el archipiélago canario y demuestra que en contra de lo que habían sostenido los antiguos gestores de Aena, el cierre del espacio aéreo canario fue innecesario e injustificado”.

El letrado Salmerón también recalca, tras analizar el escrito de la Fiscalía y el auto de cierre del Juzgado de Telde, que “ha quedado acreditado que la decisión la adoptó la entonces Jefa de División ante las advertencias que durante la mañana le dieron los Servicios Centrales de Aena en Madrid y que en el momento de dar la orden de RATE-0 (cierre del espacio aéreo) no verificó la dotación de controladores presentes y disponibles”.

La motivación y argumentación esgrimida por la Fiscalía de Las Palmas y el Juzgado de Instrucción número 1 de Telde para el cierre de la causa contra los controladores aéreos son coincidentes con las que ya se han establecido en las causas anteriormente citadas.

Estas eran algunas de las consideraciones del magistrado Vázquez-Taín al resolver el “cierre definitivo” de la causa en Santiago de Compostela:

“Todos los imputados habían superado claramente su jornada anual aeronáutica  […] y habían anunciado tal incidencia, en algunos casos con meses de antelación y desde luego de forma fehaciente”

“Aena, de forma pública, e incluso con la documentación que aporta en principio a los diferentes procedimientos, penales y laborales, pretende mantener una realidad que sabe incorrecta. Pero repetimos, un hecho incontestable es que los imputados habían superado su jornada máxima anual”.

Y estas otras las establecidas por la magistrada que conoció del caso del Aeropuerto de Girona- Costa Brava:

“Los controladores aéreos imputados en la presente causa no se negaron a desarrollar sus funciones […] permanecieron en su puesto hasta la finalización de la jornada acudiendo en su caso posterior al médico. Fueron atendidos los vuelos de salvamento o sanitarios, no existiendo vuelos instrumentales”

“La conducta de los controladores aéreos que prestaban sus servicios en la Torre de Control del Aeropuerto Girona-Costa Brava durante los días 3 y 4 de diciembre de 2010 no es subsumible en ningún tipo penal por cuanto ni abandonaron colectivamente sus funciones, ni perturbaron el servicio […] no siendo posible calificar los hechos como de abandono colectivo, es claro que ninguno de ellos pudo promoverlo, dirigirlo o bien organizarlo”.

El abogado Salmerón, letrado de USCA, recuerda que cada una de las causas judiciales que se van cerrando contra los controladores aéreos demuestra que “no era necesario adoptar las medidas de cierre del espacio aéreo que llevaron a cabo los antiguos gestores de Aena”.

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